¿Hay muchas diferencias en las legislaciones de los distintos países en cuanto a reproducción asistida?
La actual legislación española, la LEY 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas dereproducción humana asistida, refleja el anonimato total de los donantes de gametos, de manera que su identidad nunca será revelada. La donación se entiende como un acto altruista en el que se renuncia a cualquier tipo de reclamación respecto a la paternidad.
Además, el texto legal recoge también que el hijo nacido tras tratamientos de reproducción con gametos donados (semen de donante, ovodonación, donación de embriones), a todos los efectos legales es inscrito como hijo de la pareja que se ha sometido al tratamiento.
Descárguese aquí la Ley 14/2006 íntegra
La actual legislación española, le permite llevar a cabo tratamientos de reproducción que no pueden ser realizados en muchos otros países. Siendo los más importantes:
Tratamiento / país | DGP | Selección del sexo | Búsqueda selección embriones | Clonación terapéutica |
---|---|---|---|---|
Francia | Sí | No | – | No |
Alemania | No | No | – | No |
Austria | No | No | No | No |
Italia | Sí | – | – | No |
Inglaterra | Sí | – | Sí | Sí |
España | Sí | Sí * | Sí | No |
*Sólo en caso de enfermedades hereditarias ligadas al sexo
Tratamiento / país | Donación de embriones | Donación de semen | Ovodonación | Tratamiento en solteras |
---|---|---|---|---|
Francia | Sí | Sí | Sí | No |
Alemania | No | Sí | No | No |
Austria | No | – | No | No |
Italia | No | No | No | No |
Inglaterra | Sí | Sí | Sí | Sí |
España | Sí | Sí | Sí | Sí |
Nuestra amplia experiencia en estos tratamientos le permite contar con unos excelentes resultados.