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Tengo embriones congelados ¿qué puedo hacer con ellos?

Tengo embriones congelados ¿qué puedo hacer con ellos?

En ocasiones en los tratamientos de fecundación in vitro se obtienen más embriones de buena calidad de los que van a ser transferidos y estos se congelan.

Tener estos embriones congelados permite mantener el ciclo abierto en caso de no alcanzar la gestación o ampliar la familia. Para ello, no se requiere un tratamiento complejo, sino una sencilla preparación endometrial, desvitrificación del/los embriones y su transferencia, sin la necesidad de realizar todos los procesos de laboratorio que se requieren para generar los embriones.

Pero es posible que, llegado cierto momento, ya no haya intención de emplear estos embriones para uno mismo y se puede elegir un nuevo destino para ellos.

En España, según la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción asistida, en todo momento hay cuatro posibilidades:

  • Uso por los propios pacientes. Suele ser la primera opción hasta que se completa el deseo de tener hijos.
  • Donación para otras parejas. La donación de los embriones a otras parejas se realiza siempre de forma anónima. Estos embriones son destinados a los tratamientos que se conocen como adopción de embriones. Son candidatas a estos tratamientos aquellas parejas, o mujeres, que por diferentes motivos, no pueden ser madres con sus óvulos. Esto suele ocurrir por problemas de baja reserva ovárica, enfermedades hereditarias o repetidos fracasos en ciclos con gametos propios, entre otras causas. La posibilidad de recibir embriones de otras parejas les da la oportunidad a estas mujeres de lograr embarazo y ser madres y a su vez, dar un destino a embriones que permanecerían criopreservados.
  • Donación para investigación. En el caso de decidir donar los embriones para un proyecto de investigación, es necesario conocer que únicamente se utilizarán los embriones en proyectos de investigación concretos. Los pacientes podrán elegir ser informados con los resultados que se obtengan de las investigaciones en las que se empleen.
  • El cese de su conservación. Si se elige esta última opción, debemos tener en cuenta que el cese de la conservación no es inmediato, los embriones permanecerán criopreservados hasta que finalice la vida reproductiva de la paciente a la que deberían ser transferidos.

Dada la relevancia del material del que estamos hablando, es importante que la paciente o pareja que tiene embriones congelados esté tranquila y sepa que, mientras el destino firmado sea el uso por los propios pacientes, los propietarios de los embriones son ellos y el centro que los custodia jamás realizará ninguna acción sobre los embriones.

El caso en el que el paciente desee darle otro destino a sus embriones, esta voluntad deberá expresarse por escrito firmando un consentimiento informado que el centro le aporta y en el que el paciente expresa su nueva voluntad. En todo momento la paciente y/o pareja puede revocar el consentimiento y decidir otro destino para sus embriones.

Mª Carmen Tióbióloga del Instituto Bernabeu

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